CRYPTOSPAIN

¿Tienen las LLCs un límite para facturar a empresas de España?

¿Existe un límite a la hora de facturar desde las llcs?

Tabla de contenidos

¿Existe un límite de facturación para las LLCs a una empresa en España?

Esta es la pregunta que nos trasladó recientemente un usuario en TikTok y nos parece bastante interesante, así que hoy vamos a tratar de contestarla.

Pero antes de empezar con ello tenemos noticias muy interesantes para ti. El próximo día 23 de marzo a las 7:07 pm (Madrid) vamos a ofrecerte un directo en el que te presentaremos una NUEVA ACTUALIZACIÓN por nichos y sectores de la formación Elusión Fiscal Crypto y Societaria.

Cuando te inscribas, entra corriendo al grupo privado de Telegram del directo. Porque ahí (y solamente ahí) vamos a compartir desde el 14 al 22 de marzo un curso previo totalmente gratuito sobre elusión fiscal por sectores y nichos de mercado.

Así que ya lo sabes, inscríbete ya y nos veremos en el directo.

Y ahora sí, vamos al lío.

¿Existe un límite de facturación para las LLCs?

Pues quizá te sorprenda, pero la verdad es que NO. No existe ningún límite de facturación para las LLCs a empresas de España. Simplemente debes tener en cuenta una cosa importante.

La facturación de las LLCs tiene que estar justificada

Puedes facturar tanto como quieras o puedas. Siempre y cuando tengas la capacidad de justificar que el trabajo por el cual has facturado se ha llevado a cabo, por supuesto.

¿Y esto qué quiere decir?

Básicamente, que no puedes facturar con tu LLC en Estados Unidos 5000 € por hacer, por ejemplo, una página web y que luego esa página no exista.

Recuerda que cualquier factura que se realice desde una empresa española a cualquier proveedor (sin importar que la LLC sea tuya, que sea una empresa en Estonia, o una empresa en Rumanía) tendrá que poder ser justificada.

Es decir, que tendrás que poder demostrar que el trabajo se ha llevado a cabo en caso de que Hacienda te lo solicite.

Por lo tanto, no, no existe ningún límite a la hora de facturar los servicios desde las LLCs a cualquier otra sociedad. El único «límite» es poder justificar que el servicio o el trabajo se han realizado.

Utilizar las LLCs como intermediario

Siendo así las cosas con las LLCs, puede empezar lo que a nosotros nos gusta llamar la magia.

Se pueden realizar todo tipo de estructuras fiscales, totalmente legales, que implican tremendas ventajas para ti, tanto a nivel fiscal como a nivel competitivo.

Una de las cosas que se pueden hacer es utilizar tu LLC como intermediario entre tu empresa en España y otra sociedad que te provea de algún servicio.

Por ejemplo, en lugar de contratar con tu empresa española el servicio de un tercero, puedes hacerlo desde tu LLC.

Y posteriormente que sea tu LLC la que venda este servicio contratado a tu empresa en España con un precio incrementado.

¿Qué ventaja tiene usar las LLCs como intermediario?

Y puede que ahora estés levantando una ceja y pensado: «Pero, ¿para qué cojones voy a querer cobrarme a mí mismo, más caro, desde mi LLC?»

Es bastante sencillo, en realidad.

Como sabrás, las empresas tienen la capacidad de atribuirse gastos deducibles. Llegado el momento de pagar el Impuesto de Sociedades, los gastos de la empresa compensan las ganancias. Esto reduce el margen de beneficios y en consecuencia, baja el importe que hay que pagar en el IS.

Bien. Siguiendo con el ejemplo de antes: imagina que contratas los servicios de un tercero para crearte una página web, y el valor de este trabajo es de 1500 €.

Si lo hicieras tal cual, el gasto que se podría deducir tu empresa española sería de 1500 €, y punto.

Sin embargo, si empleas una LLC como intermediario, en lugar de cobrar a tu empresa española los 1500 €, te va a cobrar 5000 €.

La empresa que te hace el servicio va a seguir cobrando sus 1500 €. Y sin tener que pagar IVA, lo cual es aún mas beneficioso para ella. La diferencia radica en lo siguiente.

Ahora tu empresa española puede atribuirse un gasto de 5000 €, en lugar de 1500 €, lo cual te ayudará a tributar aún menos en tu IS. Y esa diferencia de 3.500 € no la has perdido, simplemente la has trasladado a tu LLC.

Esperamos que este artículo te haya servido para aprender y estar un paso más cerca de lo que realmente importa: quedarte con tu pasta para ti y los tuyos.


Si crees que te podemos ayudar en algo, envíanos un correo a info@cryptospainoficial.com y veremos tu caso. Puedes seguirnos en TikTokInstagram, en nuestro canal de Telegram y Youtube donde compartimos consejos a diario que te permitirán optimizar al máximo tus finanzas pagando el mínimo de impuestos.

Recuerda que el próximo día 23 de marzo a las 7:07 pm (Madrid) vamos a ofrecerte un directo en el que te presentaremos una NUEVA ACTUALIZACIÓN por nichos y sectores de la formación Elusión Fiscal Crypto y Societaria.

Cuando te inscribas, entra corriendo al grupo privado de Telegram del directo. Porque ahí (y solamente ahí) vamos a compartir desde el 14 al 22 de marzo un curso previo totalmente gratuito sobre elusión fiscal por sectores y nichos de mercado.

El futuro ha llegado.

Comparte:

Explora más entradas

ELUSIÓN FISCAL POR NICHOS Y SECTORES

Accede a 9 vídeos gratuitos + el DIRECTO presentación de la NUEVA ACTUALIZACIÓN por nichos y sectores de la formación Elusión Fiscal Crypto y Societaria.