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¿Es fraude de ley eludir fiscalmente con criptomonedas?

¿Estás cometiendo fraude de ley empleando las criptomonedas?

Tabla de contenidos

El tema que vamos a tratar hoy quizá no sea tan emocionante como el mundo crypto, pero eso no significa que conocerlo no sea tanto o más importante: hoy hablamos del fraude de ley.

Pero antes de empezar, queremos recordarte que tienes a tu disposición nuestra Formación de Elusión Fiscal Crypto y Societaria.

El mejor consejo que siempre te daremos es que te formes, que aprendas lo máximo posible para protegerte a ti y a tus seres queridos de un Estado ladrón y de un país que se está yendo a la ruina.

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Y ahora sí, vamos al lío.

¿Qué es el fraude de ley?

Lo primero es explicar en qué consiste esto del fraude de ley: se trata de la realización de un fraude que se ampara en la normativa existente para alcanzar unos objetivos concretos.

Vamos a explicarlo de forma algo más mundana.

Digamos que se considera fraude de ley cuando tú haces algo que permite una ley, pero que incumple otra.

¿Y esto cómo es posible? Bueno, porque las leyes están hechas fatal, básicamente.

Si existe una ley que te permite hacer algo que otra te prohíbe, no debería existir. Pero estamos en España y aquí la cosas funcionan como funcionan.

Ejemplos de fraude de ley

Vamos a comentar dos casos que seguramente te sonarán.

El falso autónomo

El primero es el caso del falso autónomo. Se trata de una persona que se hace autónomo para trabajar únicamente para una empresa. En este caso esta persona no debería ser autónomo, debería ser un asalariado.

Sin embargo, en muchos casos resulta más interesante que el trabajador sea autónomo (normalmente a la empresa).

Bien, pues en el caso de que se consiga demostrar que tú eres un falso autónomo, realmente estarías cometiendo un fraude de ley.

Donaciones y compraventas

Otro caso bastante común es hacer donaciones mediante compraventas. Es decir, ejecutar una compraventa cuando en realidad debería ser una donación.

Esto se encuentra dentro de la ley, pero si consiguen demostrar que lo has hecho por este motivo, también se considera fraude de ley.

Demostrar un fraude de ley

Algo que tenemos que tener en cuenta es que el fraude de ley es realmente complicado para demostrar.

Porque lo cierto es que tú puedes ser un falso autónomo, pero si tienes un cliente que te haga una factura al mes y ya no eres falso autónomo.

O, por ejemplo, podrías hacer una compra-venta en lugar de una donación de un millón de formas distintas para que nunca se pudiera considerar fraude de ley.

¿Es fraude de ley emplear el mundo blockchain?

Ahora vamos a hablar del mundo crypto y de por qué NO estamos cometiendo fraude de ley al usar el mundo blockchain.

No es fraude obtener ganancias en criptos

Pongamos el caso de que adquieres 10.000€ en un exchange. Al hacer este movimiento, Hacienda ya sabe que hemos comprado. Hasta aquí, ningún problema.

Ahora, en ese exchange esos rendimientos se convierten en 20.000 €, por ejemplo. Sin hacer nada.

Y tras esto, cambias esos 20.000 € en Bitcoin por Cardano. En este caso, Hacienda considerará que has realizado una permuta con un beneficio, generando así una plusvalía. Y por lo tanto, tendrías que pagarle el 19 %.

Esto en el futuro se declarará ilegal, porque no tienes un rendimiento hasta que lo retiras a fiat. Pero Hacienda es así y de momento es lo que hay.

Lo primero que tienes que entender es que Hacienda no sabe de esos movimientos, porque está en un exchange que está fuera de Europa.

Por lo tanto, no tiene constancia de ellos.

El punto clave: las wallets no son tuyas y no te identifican

Una vez entendido lo anterior, lo que vas a hacer con tu criptoactivo es llevarlo a una wallet, que recuerda, no te identifica fiscalmente. Y por ese motivo ese dinero ya no es tuyo.

En esa wallet podrás operar, hacer permutas en descentralizado o lo que quieras.

Y entonces te lo llevas a un exchange (que si que te identifica) que está fuera de la Unión Europea. Entonces lo cambiamos a dinero fiat y nos lo llevamos a una cuenta en el extranjero.

Hasta aquí debes tener claro que no has cometido ningún delito.

Es legal tener una cuenta en el extranjero. Es legal comprar criptomonedas. No has hecho nada ilegal en absoluto.

Hacienda no puede saber lo que haces con tus criptomonedas

El punto flaco que podemos encontrar aquí, es que has realizado una permuta en un exchange en el extranjero, que es el único sitio en el que has pasado un KYC. Y Hacienda quiere que le informes de esto, pero la verdad es que no lo va a saber.

Te ponemos un ejemplo un poco tonto pero que se entiende facilmente:

Imagina que Hacienda saca una ley que prohíbe llevar calzoncillos rojos. Y si no se lo dices, la multa son 10.000 €.

Pero, ¿qué pasa? Que Hacienda no te puede mirar los calzoncillos. La ley se lo impide. La única forma que tiene de saberlo es que tú le digas el color de tus calzoncillos.

Ahora llegamos al punto en el que retiramos nuestro dinero a fiat a través de una cuenta en el extranjero.

Aquí ocurren algo importante.

El modelo 720 y el límite en las cuentas extranjeras

El modelo 720 te obliga a informar de tus cuentas en el extranjero a partir de 50.000 €. Por lo tanto, no decir que tenemos dinero en el extranjero NO es ilegal, ni siquiera estamos haciendo uso de una ley que nos ampara frente a otra. No.

Realmente es que la ley nos dice que a partir de 50k tenemos que informar, y si no llegas a esa cantidad no es necesario.

Y ahora llegamos al meollo de la cuestión.

¿Y si viene una inspección de Hacienda?

Pon que llega Hacienda y te hace una inspección y te pregunta: «Oye, este dinero que tienes en el extranjero – que no llega a 50.000 € y por lo tanto no tienes la obligación de informar- ¿de dónde ha salido?»

Y aquí es dónde está la clave. Porque si Hacienda fuera capaz de demostrar que ese dinero en el extranjero viene de rendimientos obtenidos mediante la inversión que hiciste en criptos, ahí podría ser un fraude de ley.

Pero NO puede demostrarlo. No puede hacerlo porque esos rendimientos no han venido directamente del exchange donde generas el beneficio.

Han pasado por unas wallets que no te identifican y han llegado a un exchange. Y ahí es dónde retiras y pasas a tu cuenta.

Hacienda podría decirte: «Bueno, es que este dinero ha venido de un exchange». Y entonces tú podrías contestar: «Sí, pero es porque me han pagado por unos artículos de segunda mano». Y a tomar por culo.

Si no se puede demostrar, no es fraude de ley

Tú solo estarías cometiendo fraude de ley si gracias a que la legislación actual te permite no informar de tus cuentas en el extranjero, tu estuvieras ocultando rendimientos obtenidos a través de tus criptomonedas y Hacienda pudiera demostrarlo.

Y de nuevo, volvemos a lo de siempre: Hacienda no puede hacer nada con criptomonedas porque tecnológicamente está fuera de sus capacidades.

Y no hablamos solamente de pequeñas cantidades, dentro de la ley puedes no tributar rendimientos (tanto generados con las sociedades como mediante el mundo crypto). Lo tienes realmente fácil para evitar que en una hipotética investigación futura alguien pueda acusarte de hacer fraude de ley.

Por lo tanto, es muy importante que tengas claro que todo lo que hacemos es siempre dentro de la ley.

Haz buen uso de la tecnología blockchain

Obviamente con esta información tú podrías evadir impuestos, hacer blanqueo de capitales, alzamiento de bienes… Cualquier tipo de delito tipificado. Pero debes saber que nosotros JAMÁS te vamos a animar a hacer.

Lo que sí que te animamos, es que aproveches la ley que está y que tiene una serie de parámetros que no controla al 100 %, y tributar con ello lo menos posible.

No olvidemos que esto solo es el principio. La blockchain prácticamente acaba de empezar, y el mundo descentralizado sigue casi en pañales.

Lo que hoy consideramos que es la referencia, que es el euro, va a terminar cambiando. El euro y el dólar dejarán de ser referencia de nada. En el mundo descentralizado serán las criptomonedas la referencia, y en ese mundo, ni Hacienda, ni la legislación, ni nadie va a poder meter mano como quiera.

Lo intentarán acotar, presionarnos y meternos miedo. Pero lo único que van a conseguir es joderse mientras miran como tú y yo nos quedamos con nuestra pasta.


Si crees que te podemos ayudar en algo, envíanos un correo a info@cryptospainoficial.com y veremos tu caso. Puedes seguirnos en TikTokInstagram, nuestro canal de Telegram y Youtube donde compartimos consejos a diario que te permitirán optimizar al máximo tus finanzas pagando el mínimo de impuestos.

Si realmente quieres aprender a eludir fiscalmente dentro de la ley, entra ya a ver nuestra Formación de Elusión Fiscal Crypto y Societaria, descubre cuánto te está robando el Estado y quédate con lo que es tuyo.

El futuro ha llegado.

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