Hoy vamos a hablar sobre un error que suele cometer la gente al declarar pérdidas en criptomonedas al realizar su declaración de la renta.
Y hay que tener cuidado con estas cosas, porque si la cagas aquí, puede que hagas que Hacienda mire en una dirección que realmente no te interesa. Ahora lo veremos en detalle.
Pero antes de empezar, queremos recordarte que tienes a tu disposición nuestra Formación de Elusión Fiscal Crypto y Societaria.
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Y ahora sí, vamos al lío. 😉
¿Qué problema puede haber al declarar pérdidas en criptomonedas?
Vamos a ver qué puede pasar si tú sigues los siguientes pasos:
- Tienes tu dinero en una cuenta de banco con IBAN español.
- Coges ese dinero, y compras criptomonedas.
- Después de eso, retiras parte de esas criptomonedas y las regresas a tu cuenta de banco española.
Tú sabes a la perfección que hacer movimientos bancarios a un exchange desde una cuenta española implica que Hacienda tendrá constancia de ello. Pero como tienes en mente declarar pérdidas en criptomonedas, no hay problema con que Hacienda sepa de estos movimientos.
Hasta aquí, todo parece correcto. Pero vamos a analizar la situación en profundidad, a ver dónde puede estar el problema.
Usar el retiro para declarar pérdidas en criptomonedas
Pongamos que has metido 10 € en criptomonedas (vale, sí, es una cantidad ridícula, pero es para que se entienda, ya sabes) y al cambo de un tiempo has retirado 4 €.
En este caso, tienes la opción de decir:
«No, si yo no he ganado dinero. Lo que he retirado es menos de lo que ingresé».
O inlcuso:
«No, si yo voy a declarar pérdidas en criptomonedas, porque metí 10, he retirado 4 y como ya no tengo nada en el exchange, le digo a Hacienda que he perdido 6».
Bueno. Va a ser que la cosa no funciona así.
Porque en el momento en el que tú decides que quieres declarar tus criptomonedas – aunque lo hagas como aumento o pérdida patrimonial – no te puedes basar únicamente en lo que has retirado a tu cuenta de banco española.
Hay que tener en cuenta las plusvalías y minusvalías al declarar pérdidas en criptomonedas
Y es que Hacienda siempre te podrá preguntar por el dinero que has retirado. ¿De dónde sale ese retiro?
En esa situación tendrás que dar información correspondiente al exchange desde el cual has retirado ese dinero. Y con ello, también tendrás que informar acerca de las plusvalías y minusvalías que has generado en ese exchange.
Aunque ya no tengas nada en él.
Porque el hecho de que no tengas nada en el exchange, no significa que no hayas ganado dinero, ya que te quedan generadas las plusvalías y minusvalías como si fuera un cierre de posición. Y eso Hacienda lo sabe perfectamente.
Por ese motivo, hay que tener mucho ojo.
Si vas a declarar porque has retirado a tu cuenta de banco española una cantidad suficiente como para llamar la atención, recuerda siempre que engañar a Hacienda no te conviene.
Por lo tanto, tendrás que informar de lo que tienes en el exchange y de las plusvalías y minusvalías generadas dentro del año fiscal. Y en ese caso, es posible que ya no puedas declarar pérdidas en criptomonedas porque hayas generado una plusvalía lo suficientemente grande.
¿Y si no digo nada sobre el dinero?
A ver. Siempre puedes no decir nada y esperar a que no te pregunten ni te digan nada. Pero es un riesgo, obviamente.
En caso de que te pregunten por ese dinero, siempre puedes meter una complementaria. Pero en ese caso tendrás que tributar lo que te corresponda más un 15 % de recargo.
Aunque seguramente estarás de acuerdo con nosotros en que eso no es precisamente un plato de buen gusto.
Si quieres hacer las cosas bien, te recomendamos que le eches un ojo a nuestra estrategia para declarar pérdidas con NFTs.
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Si realmente quieres aprender a eludir fiscalmente dentro de la ley, entra ya a ver nuestra Formación de Elusión Fiscal Crypto y Societaria, descubre cuánto te está robando el Estado y quédate con lo que es tuyo.
El futuro ha llegado.