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Hacienda limita la compensación de pérdidas con criptomonedas en la declaración de la renta

Limitan la compensación de pérdidas con criptomonedas en la declaración de la renta.

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Se acerca abril, y como no podía ser de otra manera, ya empiezan a surgir noticias en torno a la declaración de la renta y las criptomonedas.

Y seguro que no te sorprende si te decimos que vuelve ese rollito de meter miedo con los titulares. Hoy le echamos un vistazo a este tema y te contaremos cuál es la verdad tras él.

Pero antes de empezar, queremos recordarte que tienes a tu disposición nuestra Formación de Elusión Fiscal Crypto y Societaria.

El mejor consejo que siempre te daremos es que te formes, que aprendas lo máximo posible para protegerte a ti y a tus seres queridos de un Estado ladrón y de un país que se está yendo a la ruina.

Haz clic en el enlace para ver un vídeo gratuito en el que te explicamos cuánto te está robando el Estado ahora mismo, sin que te des ni cuenta. Y mejor siéntate para verlo, porque cuando veas las cifras te vas a marear.

Y ahora sí, vamos al lío. 😉

Pérdidas con criptomonedas en la declaración de la renta

«Castigo fiscal por sorpresa a las criptomonedas en la declaración de la renta: Hacienda limita la compensación de pérdidas.»

Si al leer este titular te han entrado sudores fríos, venimos a tranquilizarte.

No es nada de lo que haya que preocuparse. Todo esto es más un clickbait que otra cosa, destinado a que la gente entre corriendo cagándose del miedo.

Nada de esto tiene que ver con nuestra estrategia de declaración de pérdidas mediante NFTs, así que si has seguido nuestros consejos, no tienes que preocuparte por nada.

¿En qué afectan estos cambios a la declaración de la renta con criptomonedas?

Lo cierto es que es han modificado muy poca cosa, y lo que han hecho era tremendamente previsible.

Lo único que ocurre aquí es que han igualado las criptomonedas a las acciones y valores de bolsa, con la intención de que no te puedas atribuir pérdidas.

Por ejemplo, imagina que tienes comprado un Bitcoin a 30.000 €, y a 31 de diciembre está a 8.000. Ese mismo día vendes tu Bitcoin y lo recompras inmediatamente.

Esto implica una permuta con una minusvalía y puede aplicarse como una pérdida que compense otras ganancias. Y en el camino, te has quedado con el mismo activo, claro.

Esta jugada en bolsa hace ya muchísimo tiempo que no está permitido. Y ahora en criptomonedas tampoco se podrá hacer.

Así que la gente que utilizó esta estrategia para, a final de año, meterse pérdidas en la declaración de la renta a través de las criptomonedas ya no podrá hacerlo.

Tendrá que especificarlo en la casilla correspondiente, y por lo tanto no se las podrá deducir.

La declaración de pérdidas mediante NFTs no se ve afectada

¿Esto quiere decir que no podrás compensar pérdidas con la estrategia de NFTs? Nada más lejos. Podrás seguir haciéndolo. Esto no tiene nada que ver.

Ninguna de las medidas de elusión fiscal de las que hemos hablado tanto en este blog como en nuestras redes sociales se va a ver afectada.

Pero como el titular podía crear confusión, hemos pensado que lo mejor era despejar cualquier tipo de duda.


Si crees que te podemos ayudar en algo, envíanos un correo a info@cryptospainoficial.com y veremos tu caso. Puedes seguirnos en TikTokInstagram, nuestro canal de Telegram y Youtube donde compartimos consejos a diario que te permitirán optimizar al máximo tus finanzas pagando el mínimo de impuestos.

Si realmente quieres aprender a eludir fiscalmente dentro de la ley, entra ya a ver nuestra Formación de Elusión Fiscal Crypto y Societaria, descubre cuánto te está robando el Estado y quédate con lo que es tuyo.

El futuro ha llegado.

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